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Je ne blâme ni approuve, j’observe

Stendhal

El Derecho refleja la situación de los hombres y su relación con los demás hombres, la literatura no juzga, o al menos lo intenta, pero observa y refleja. A pesar de las proclamas de igualdad  a la que toda sociedad debería aspirar, la realidad es muy diferente y existe un derecho mercantil y un derecho de personas y derecho de familia con sus derechos naturales y obligaciones que es necesario reconocer, así como las relaciones personales entre clases, categorías sociales, laborales e incluso esclavitud y servidumbre y por supuesto las instituciones judiciales que son las únicas que pueden garantizar estos derechos sobre las que las grandes obras de la literatura han planteado, a veces sin quererlo, los más animados debates. 

Terminábamos la pasada entrega con Drácula. Empezamos esta entrega con otra gran novela de terror, Frankenstein, de Mary Shelley, en la que nos plantea el derecho de las personas y la definición de persona en los distintos códigos civiles. ¿Es el monstruo de Frankenstein una persona con los mismos derechos y obligaciones que sus conciudadanos? ¿Qué nacionalidad tendría? ¿Asume la responsabilidad de sus actos y por lo tanto la de sus crímenes? ¿Estaría incapacitado y por lo tanto la responsabilidad de sus actos correspondería a su creador, que además tendría la patria potestad o ejercería de tutor legal?

Ni que decir tiene que sobre la incapacidad o la falta de responsabilidad es un tema que también aparece en otra de las grandes novelas de terror como Doctor Jenkill y Mr. Hyde de Stevenson. ¿Es válido el apoderamiento realizado por el Doctor Jenkill a favor de Mr. Hyde? ¿Y qué decir del testamento a su favor, teniendo en cuenta que se trata de la misma persona? ¿Habría asesinato por la muerte de Mr. Hyde por parte del Doctor o se trataría de un suicidio? ¿Es uno una cosa o la otra, estaría de forma indirecta la novela de Stevenson planteando el dilema de la personalidad, de la indefinición de géneros y toda la lucha por el reconocimiento de la homosexualidad? No olvidemos que por aquella época se encontraba en su apogeo Oscar Wilde quien en La importancia de llamarse Ernesto (“being Ernest” en el título original que muestra una muy evidente ambigüedad para la sociedad victoriana de la época ya que podía significar además del nombre del protagonista, “honesto” y “homosexual”) y que en El Retrato de Dorian Gray nos cuenta también una historia de la separación del bien y el mal y de la asunción de la culpa y su responsabilidad. De la culpa y la responsabilidad también hablará Dostoievski en su Crimen y Castigo.  Stefan Zweig consideraban los diálogos entre el culpable Raskólnikov y el inspector de policía como uno de los momentos más altos de la literatura. Zweig era muy apasionado en sus fobias y adoraciones así que también aquí exageró o quizás, no tanto. Hablando de Zweig sus maravillosas biografías noveladas (por llamarlas de algún modo) como Fouché, Erasmo o Castellio contra Calvino plantean grandes conflictos jurídicos y políticos, así como el uso del derecho en favor de quien puede “manejarlo”

Ese debate sobre lo que podríamos llamar la “transformación civil” aparece también en la famosa novela de Pirandello, El difunto Matias Pascal o en Los Miserables de Victor Hugo y El Conde de Montecristo de Dumas quien a través de una identidad que, ¿podríamos llamar falsa?, ¿usurpación de funciones? lleva a cabo su terrible venganza.  Respecto a las usurpaciones de identidad con todos sus derechos Patricia Highsmith y El Talento de Mr. Ripley.

Los derechos de los menores, o la falta de ellos, y de sus tutores es otra de los temas recurrentes de las novelas de Dickens como David Copperfield (que, por cierto, como se ha dicho, también trata de los derechos sucesorios) o Oliver Twist.

Volvamos de nuevo a los derechos de las partes y la conclusión de los acuerdos contractuales. En el Fausto de Goethe, también en el de Marlowe, aparece uno de los más famosos contratos de la historia de la literatura en la que una de las dos partes contratantes es ni más ni menos que el mismo diablo. ¿Tendrá capacidad contractual? ¿Podría considerarse como nulo el contrato? Sin embargo, es bien cierto que el príncipe de las tinieblas cumple con todas las obligaciones contractuales y aun así Fausto no quiere cumplir las suyas. ¿El cumplimiento de una parte permitiría la subsanación de los posibles vicios del contrato? ¿Y qué decir sobre el plazo contractual? ¿Es válido un contrato en que una de las partes se obliga para la “Eternidad”? ¿Podría Fausto recuperar su alma una vez transcurrido un plazo predeterminado? Por si esto fuera poco, la historia nos plantea una interesante debate sobre la equivalencia de las prestaciones contractuales puesto que si bien Fausto puede formar familia (¿es posible contraer matrimonio con un ser mitológico que además falleció hace mucho tiempo?) con Elena, la Elena de la Ilíada, la primera de las dos grandes obras de Homero, la otra parte tiene derecho a asumir la propiedad del alma de Fausto. De nuevo debemos preguntarnos si las prestaciones son equivalentes y podría una de las partes alegar su nulidad. En todo caso la salvación de Fausto se produce gracias a un “Act of God”, que es como los anglosajones llaman a los actos de fuerza mayor, que podrían permitir en este caso el uso del rebus sic stantibus. Y por terminar, ¿a quién pertenece el alma? ¿A la persona o a Dios? ¿No será que Fausto vende algo que no es de su propiedad? La intervención de Dios en toda esta historia, ¿no estaría justificada como beneficiario de buena fe? En fin está claro que son muchos los temas jurídicos que una novela tan compleja como el Fausto de Goethe nos plantea.

Respecto a la propiedad sobre las personas la novela de Gogol, Las almas muertas trata de la servidumbre en la Rusia zarista y de los beneficios que comporta dicha propiedad. La historia cuenta como el protagonista Chíchikov compra almas muertas por los que sus propietarios tienen que pagar  un impuesto hasta que su muerte se establezca en el siguiente censo. De esa manera puede mostrar que tiene miles de siervos y una envidiable posición social. Por otro lado, la esclavitud y su abolición en las Antillas francesas como consecuencia de los principios de igualdad instaurados por la Revolución francesa, es el tema que subyace en la novela de Alejo Carpentier, El siglo de las luces.

Lamentablemente el tema es infinito y un número importante de novelas se han quedado en el tintero para futuras ocasiones, habría que hablar del género judicial del que existen un gran número de ejemplos como El cartero siempre llama dos veces de James M. Cain, Justicia y El juez y su verdugo, ambas de Friedrich Dürrematt o  El Mercader de Venecia, la famosa obra de teatro de William Shakespeare que además de su parte procesal contiene varios e interesantes problemas jurídicos. La trama se inicia con un contrato de préstamo, la validez del contrato de usura, y la obligación de devolución del principal más los intereses. También plantea los mecanismos de reparación, la discrecionalidad de la parte perjudicada para escoger la forma de reparación y las facultades del juez para determinarlas. Dentro del entramado judicial la novela negra está llena de referencias al derecho penal, a  procesos y al funcionamiento (o mal funcionamiento) de la práctica procesal. Agatha Christie, Conan Doyle y el Archivo de Sherlock Holmes, son dos ejemplos bien conocido, también Simenon con su comisario Maigret y entre sus múltiples títulos destacaríamos Maigret en los tribunales.  Por su parte, Montalbano el personaje del siciliano Camilleri con cualquiera de sus títulos como Red de Protección nos muestra la presencia de la mafia en todos los estamentos de la sociedad y el funcionamiento de negocios ilícitos bajo la apariencia de lícitos. También eso cuenta Petros Márkaris quien nos adentra, por ejemplo en El accionista mayoritario en la Grecia del capital y los derechos corporativos de las grandes multinacionales,  de los recortes e intervención con las consecuencias que la nueva normativa “externa”, es decir comunitaria, supone para una sociedad que creyéndose rica se descubre arruinada de la noche a la mañana. Por poner un poco de “sabor local” no olvidemos ni a García Pavón con Plinio en Las Hermanas Coloradas que, en forma costumbrista, muestra la estructura jurídica del franquismo rural y mucho más urbano, presentando la sociedad tardo franquista y de la transición a Vázquez Montalbán y su Pepe Carvalho en la que destacaríamos Tatuaje

La lista de temas jurídicos es interminable pues en definitiva toda obra plantea un sinfín de debates jurídicos que sin embargo a citar de corrido otras grandes novelas que, lamentablemente deberán quedar, ojalá sea así, para otra ocasión. Por ejemplo dos novelas de Julio Verne, La vuelta al mundo en 80 días en que se plantea la validez de una apuesta y la obligatoriedad jurídica de hacer frente a los compromisos asumidos, el derecho del viajero y la protección del extranjero y Miguel Strogoff en la, con un poco de ironía podríamos hablar del contrato atípico de “mensajería” y las obligaciones inherentes al mismo. La responsabilidad de llegar a tiempo o no supone graves perjuicios para la parte que depende del buen resultado del encargo. ¿Si las tropas del Zar hubieran sido derrotadas al no haber llegado el mensaje a tiempo, podría haberse solucionada la indemnización con un nuevo servicio gratuito? Interesante cuestión. 

No me resigno a no citar a Heinrich Böll y El honor perdido de Katherine Blum sobre el derecho al honor y a la privacidad; también a Ray Bradbury y su novela Fahrenheit 451 donde los libros están prohibidos y los que logran escapar de las garras del Estado tienen la obligación de aprenderse una obra a su elección que luego “distribuirán” mediante la lectura a voz alta a los demás refugiados, ¿debería respetarse el derecho de autor? ¿El aprendizaje tendría calificación de “copia privada”? ¿La gratuidad debería ser un elemento esencial para determinar el pago de algún canon?, sin embargo está claro que la lectura pública es parte de las obligaciones que tienen los habitantes de la comunidad de exiliados. 

¿Y cómo no citar El Quijote la obra del inmortal Cervantes? ¿Qué tipo de relación contractual mantiene con Sancho Panza? ¿Paga los destrozos que causa en la venta al confundir los jamones con soldados enemigos? ¿Qué tipo de cláusulas se establecen en el contrato de hospedaje? ¿Puede apropiarse de la bacía del barbero sin corresponder con su justo precio? ¿Es válida la prisión por deudas en el episodio de los galeotes? ¿Pueden el ama de llaves y la sobrina junto con el cura y el bachiller quemar sus libros?, ¿ha sido declarado incapaz o solo es un soñador? ¿Hay consentimiento de las partes que contraen matrimonio en el episodio de las bodas de Camacho? 

Así terminamos de momento este rápido repaso por algunos de los títulos más relevantes de la literatura universal espero haya servido para mostrar como el derecho y en particular el derecho civil impregna toda la actividad humana en cualquiera de sus ámbitos y como su presencia, nunca protagonista es sin embargo, un ingrediente imprescindible de la composición literaria. Dado que todo el mundo narrativo habla del hombre, de nosotros mismos y de lo que nos concierne de forma más próxima,  necesariamente este debe plantear toda la complejidad del derecho, mostrando sus distintas facetas y las múltiples formas de solucionar los problemas que el ser humano genera en su relación con los demás. Si el derecho es parte de la vida y la literatura es el reflejo de esta vida, es evidente que literatura y derecho no pueden separarse.

Si no he conseguido demostrarlo, al menos que sirva para ver el derecho con otra perspectiva algo más amigable y cercana y si tampoco no lo he conseguido, por lo menos para despertar interés por alguna de las obras citadas.

Mientras haya sociedad y literatura, esta se encargará de recordarnos que, al final el derecho, como los grandes mitos de la literatura, nunca muere, simplemente se replantea.

Juan Ramón Balcells

Abogado de profesión y vocación con una cariz plenamente internacional y con una larga trayectoria y experiencia.

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